Última revisión
28/04/2023
concursal
830 - ¿Es necesario que el administrador concursal elabore un informe sobre la situación patrimonial del deudor?
Relacionados:
Vademecum: Concursal
Fecha última revisión: 28/04/2023
Resumen:
El administrador concursal debe presentar un informe al juzgado dentro de los dos meses siguientes a contar de la fecha de aceptación. El informe contendrá el análisis de la memoria, una exposición de la contabilidad del concursado, una memoria de las principales decisiones y actuaciones, una exposición motivada acerca de la situación patrimonial del concursado y los documentos como el inventario de la masa activa, la lista de acreedores y la valoración de la empresa. Además, deberá remitirse al Registro Público Concursal y, en el caso de los acreedores, al correo electrónico que conste. Se prevé una sanción en caso de que el informe no se presente dentro del plazo establecido.
Una de las principales obligaciones que se atribuyen al administrador concursal es la elaboración de un informe o estudio jurídico y económico completo de la situación patrimonial pasada, presente y …
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a 5 Marginales en el vademecum de concursal.
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestro vademecum de concursalSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder