¿Qué efectos produce la declaración dle concurso de acreedores sobre los convenios colectivos?
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Última revisión
08/02/2024

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560 - ¿Qué efectos produce la declaración dle concurso de acreedores sobre los convenios colectivos?

Tiempo de lectura: 2 min

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Vademecum: Concursal

Fecha última revisión: 08/02/2024

Resumen:

El artículo 189 del TRLC establece que la modificación de las condiciones establecidas en los convenios colectivos solo será posible si es admitida por la legislación laboral, y en todo caso, requerirá el acuerdo de los representantes legales de los trabajadores. Descubre cómo afecta la declaración de concurso de acreedores a los convenios colectivos.


Según prevé el artículo 189 del TRLC, la modificación de las condiciones establecidas en los convenios colectivos que sean aplicables solo podrá afectar a aquellas materias en las que sea admisible con arreglo a la legislación laboral y, en todo caso, requerirá el acuerdo de los representantes legales de los trabajadores.

A TENER EN CUENTA. La disposición adicional decimosexta de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, señala que: «Las asociaciones y sindicatos de deportistas con legitimación para negociar convenios colectivos en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional tercera de esta ley, podrán representar a las personas deportistas en los procedimientos contemplados en los artículos 171 y 189 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal, cuando el concurso afecte a una entidad que tenga contratadas personas deportistas profesionales».

Véase el auto del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Cádiz, rec. 84/2007, de 22 de mayo de 2007, ECLI:ES:JMCA:2007:22A.

CUESTIÓN

¿Quiénes están legitimados, según la legislación laboral, para la negociación de los convenios colectivos en representación de los trabajadores?

Estarán legitimados para ello, según el artículo 87 del ET:

 - En los convenios de empresa y de ámbito inferior, el comité de empresa, los delegados de personal o las secciones sindicales.

- En los convenios de ámbito superior están legitimados los sindicatos y, en determinados supuestos, también los entes sindicales afiliados, federados o confederados.