Última revisión
concursal
Modelo de Informe de la administración concursal de calificación de concurso como fortuito
Vademecum: concursal
Orden: mercantil
Fecha última revisión: 17/06/2020
La calificación del concurso como culpable se basa en el perjuicio causado a los acreedores y en general al tráfico jurídico económico, sea porque el deudor, o los administradores sociales de la persona jurídica concursada, hayan provocado o agravado el estado de insolvencia o porque hayan obstaculizado o dificultado el desarrollo del propio concurso, impidiendo a los administradores concursales el desempeño de sus funciones.
La pieza de calificación es la fase del concurso de acreedores en la que se somete a juicio la actuación del deudor y, en su caso, la de sus representantes legales o sus administradores y otras personas relacionadas para determinar si la insolvencia del deudor se ha producido de manera fortuita o si, por el contrario, ha venido provocada por causas y personas concretas e identificables.
El artículo 441 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal, determina que el concurso de calificará como fortuito o como culpable.
Concurso [ESPECIFICAR] [ESPECIFICAR] N.º [NUM_AUTOS]
[NOMBRE_EMPRESA]
AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM. [NUMERO] DE [PROVINCIA]
Sección Sexta
INFORME SOBRE LOS HECHOS RELEVANTES PARA LA CALIFICACIÓN DEL …