Última revisión
concursal
Modelo de comunicación solicitando la compensación judicial de créditos concursales así como su reconocimiento
Relacionados:
Vademecum: Concursal
Orden: mercantil
Fecha última revisión: 12/09/2023
Resumen:
Cuando hablamos de compensación de créditos nos referimos a aquella situación en la que, en el ámbito de una relación contractual existente, las partes intervinientes son deudoras y acreedoras al mismo tiempo, esto es: ambas tienen un derecho de crédito frente a la contraparte, por lo que, teniendo en cuenta las cantidades adeudadas de uno y de otro, proceden a su compensación (arts. 1195 y ss. del Código Civil). Partiendo de esta figura, la Ley Concursal permite la compensación de créditos tal como expresa en el art. 727, aunque le legislador realiza una remisión expresa a «la ley que rija el crédito recíproco», por lo que habrá que atender a la naturaleza del crédito y el concepto en el que el mismo se ha realizado teniendo en cuenta la situación de insolvencia del deudor.
A LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DEL CONCURSO N.º [NÚMERO]
QUE SE SIGUE ANTE EL JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º [NÚMERO] DE [LOCALIDAD]
Don/Doña [NOMBRE SOLICITANTE] con DNI [DNI], y domicilio a efectos de …