Última revisión
concursal
Modelo de demanda ejecutiva dirigida al concursado instando la ejecución del crédito concursal no prescrito
Relacionados:
Vademecum: Concursal
Orden: mercantil
Fecha última revisión: 13/03/2024
Resumen:
El presente escrito es un modelo de demanda ejecutiva en virtud de los artículos 517 y 571 de la LEC frente al concursado, instando la ejecución del crédito concursal no prescrito. Así, el artículo 143 del TRLC estipula que todas las actuaciones y los procedimientos de ejecución contra los bienes o derechos activos de la masa serán suspendidos a partir de la declaración de concurso. Según el artículo 145, el titular de un derecho real de garantía no podrá iniciar procedimientos de ejecución o realización forzosa sobre los bienes o derechos de la masa, y las actuaciones de ejecución ya iniciadas quedarán suspendidas. Además, el artículo 484.2 establece que, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares.
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA QUE POR TURNO CORRESPONDA DE [LOCALIDAD]
D./D.ª [NOMBRE PROCURADOR CLIENTE], procurador/a de los tribunales y de D./D.ª [NOMBRE CLIENTE], representante legal de la …