Última revisión
concursal
Modelo de solicitud al juzgado para que se pronuncie sobre el carácter necesario o no de determinados bienes con carácter previo a proseguir el procedimiento administrativo de apremio
Relacionados:
Vademecum: Concursal
Orden: mercantil
Fecha última revisión: 09/10/2023
Resumen:
En un sentido estricto, aquellas actuaciones o procedimientos de ejecución existentes que puedan afectar a la masa activa quedarán en suspenso durante la tramitación del concurso; de igual modo, el juez también podrá, previa solicitud de la administración concursal, levantar el embargo cuando el mantenimiento de los mismos dificulte el desarrollo de la actividad. Sin embargo, la Ley Concursal establece ciertas excepciones a esta regla para los bienes o derechos calificados como no necesarios para continuar con la actividad afectada. En este sentido, el artículo 144 establece que los procedimientos ejecución y apremio sólo se podrán llevar a cabo si el juzgado determina que los bienes no son necesarios. De este modo, debemos solicitar al juzgado para que se pronuncie sobre el carácter necesario o no de determinados bienes con carácter previo a proseguir el procedimiento administrativo de apremio.
AL JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º [NÚMERO] DE [LOCALIDAD]
El/la abogado/a del Estado [NOMBRE] en representación y defensa de la AEAT tal y como consta acreditado en los autos del concurso de acreedores …