Última revisión
Modelo de reclamación a la administración concursal ante el juzgado de lo mercantil para el reconocimiento y pago de créditos contra la masa
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Orden: mercantil
Fecha última revisión: 12/09/2023
Resumen:
El artículo 242 del TRLC enumera qué son los créditos contra la masa y el artículo 247 trata sobre el reconocimiento y pago de los mismos. Cualquier acreedor de la masa puede requerir al administrador concursal para que se pronuncie sobre si la masa es insuficiente o previsible que lo sea para el pago de los créditos contra la masa. En caso de no recibir respuesta o que sea genérica o imprecisa, el acreedor podrá solicitar auxilio del juez para que requiera al administrador concursal una respuesta concreta y precisa. Con la siguiente demanda conoce como realizar una reclamación a la administración concursal ante el Juzgado de lo Mercantil de créditos contra la masa.
A LA ADMINISTRACIÓN DEL CONCURSO DE [DENOMINACIÓN SOCIAL DE LA ENTIDAD]
SEGUIDO ANTE EL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE [LOCALIDAD]
Don/Doña [NOMBRE SOLICITANTE] con DNI [DNI], y domicilio a efectos de …