Última revisión
concursal
Modelo de escrito en el que el deudor comunica el acogimiento a la figura del preconcurso
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Vademecum: Concursal
Orden: mercantil
Fecha última revisión: 12/09/2023
Resumen:
El artículo 583 del TRL, establece que cualquier persona natural o jurídica que lleve a cabo una actividad empresarial o profesional podrá efectuar la comunicación de apertura de negociaciones con los acreedores o solicitar directamente la homologación de un plan de reestructuración. No quedan comprendidos en este presupuesto subjetivo los deudores de empresas de seguros, entidades de crédito, empresas de inversión, entidades de contrapartida central, depositarios centrales de valores y otras entidades y entes financieros. Las entidades que integran la organización territorial del Estado, los organismos públicos y demás entes de derecho público no quedan comprendidas en este presupuesto.
AL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE [LUGAR] QUE POR TURNO CORRESPONDA
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procurador/a de los Tribunales y de [NOMBRE_EMPRESA], con CIF [NIF] y domicilio en [DOMICILIO], en …