Última revisión
concursal
Escrito de alegaciones a la lista de acreedores del informe provisional del administrador concursal, presentado por un trabajador
Vademecum: concursal
Orden: mercantil
Fecha última revisión: 15/06/2020
La impugnación de la lista de acreedores que se acompaña al informe provisional del administrador concursal en virtud del artículo 293 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Concursal, que se presenta por un trabajador bajo el argumento de que no se corresponde con la realidad se basa en el artículo 297 del TRLC el cual dispone que:
«Dentro del plazo de diez días las partes personadas en el concurso de acreedores podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores. El plazo para impugnar para quienes hubieran recibido la notificación del juzgado de la presentación del informe se contará desde la recepción de esa notificación.
Para los demás legitimados interesados el plazo de diez días se computará desde la última publicación de entre las establecidas por la ley o, en su caso, acordadas por el juez».
Además, añade el artículo 298, apartado 2, del TRLC que «la impugnación de la lista de acreedores podrá referirse a la inclusión o exclusión de créditos concursales, así como a la cuantía o a la clasificación de los reconocidos».
ALEGACIONES LISTA DE ACREEDORES INFORME PROVISIONAL
Juzgado de lo Mercantil n.º [NUMERO] de [LOCALIDAD]
Procedimiento: [CONCURSO_ORDINARIO_ABREVIADO] [NUM_AUTOS]
Sección Primera Concursada: …