Esquema sobre la votación y aprobación del plan de continuación para el procedim... en la Ley Concursal
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Esquema sobre la votación... Concursal

Última revisión
03/04/2023

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Esquema sobre la votación y aprobación del plan de continuación para el procedimiento especial de microempresas en la Ley Concursal

Tiempo de lectura: 1 min

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Vademecum: Concursal

Fecha última revisión: 03/04/2023

Resumen:

La Ley Concursal establece los procesos y procedimientos para la votación y aprobación de los planes de continuación para las microempresas. El plazo de votación tendrá una duración de 15 días hábiles, comenzando desde el momento en el que el deudor notifique electrónicamente a los acreedores. Además, el juez podrá suspender el plazo de votación si alguno de los acreedores presenta alegaciones sobre el contenido o tratamiento de los créditos. Una vez finalizado el periodo de votación, el letrado de la Administración de Justicia certificará el resultado y lo notificará electrónicamente a los acreedores. El artículo 698 de esta ley detalla los requisitos para la válida aprobación del plan concursal propuesto por los acreedores. Para ello, el deudor y los socios legalmente responsables de las deudas sociales deberán dar su consentimiento. El plan deberá incluir un tratamiento paritario de los créditos en condiciones homogéneas y, además, deberá ser aprobado por una mayoría simple de las clases afectadas, entre ellas una clase de créditos con privilegio especial o general. En caso de que el acreedor sea la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se entenderá que ha votado a favor del plan de continuación que contenga una quita no superior al quince por ciento del importe de sus créditos ordinarios.