Recusante
Fecha última revisión: 25/02/2022
Concepto:
El recusante es aquel sujeto que, en un procedimiento judicial, pretende la separación del juez o magistrado por considerar que existen circunstancias que podrían afectar a su objetividad e imparcialidad, lo que se conoce como «recusación».
Están legitimados para recusar en un procedimiento civil, social y contencioso-administrativo, las partes y el Ministerio Fiscal; mientras que en las causas penales, podrán recusar el Ministerio Fiscal, acusación particular o popular, actor civil, procesado, querellado o denunciado y el tercero responsable civil. Se le podrá imponer a cualquier recusante una multa de 180 a 6.000 euros si, mediante resolución motivada, se determina que ha actuado con mala fe procesal.
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