Caso que analiza los requ...s de voto.

Última revisión
20/06/2024

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Caso que analiza los requisitos para la constitución de una sociedad limitada profesional cuando existen socios no profesionales,así como, las exigencias para la mayoría de los capitales y derechos de voto.

Tiempo de lectura: 1 min

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Vademecum: Abogacía

Orden: mercantil

Fecha última revisión: 20/06/2024

Resumen:

El artículo 4.2 de la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales estipula que como mínimo, la mayoría del capital y de los derechos de voto debe pertenecer a socios profesionales.


PLANTEAMIENTO

«A», «B», «C» y «D», pretenden constituir una sociedad limitada profesional. «A» y «B» serían socios profesionales colegiados, con un 34% de las participaciones sociales cada uno; mientras que «C» y «D» serían socios no profesionales, con un 16% de las participaciones respectivamente.

¿Se podrá constituir la sociedad al no ser mayoría el número de socios profesionales?

RESPUESTA

Sí, porque lo que exige la Ley es que los socios profesionales tengan la mayoría del capital y de derechos de voto, no que sean mayoría de socios.

El artículo 4.2 de la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales estipula que:

«Como mínimo, la mayoría del capital y de los derechos de voto, o la mayoría del patrimonio social y del número de socios en las sociedades no capitalistas, habrán de pertenecer a socios profesionales».

Esto se cumpliría en este caso, al tener los socios profesionales, entre ambos, el 68% del capital y de los derechos de voto.

A TENER EN CUENTA. Sociedad Profesional (SLP/SAP); Estatutos de Sociedad de Responsabilidad Limitada Profesional (SRLP).