Última revisión
abogacia
Caso que analiza cómo dedudir en la declaración de la renta las aportaciones a la mutualidad de la abogacía
Tiempo de lectura: 5 min
Relacionados:
Vademecum: Abogacía
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 20/04/2023
Resumen:
En este caso práctico te explicamos qué implicaciones tiene para la abogada el deducir sus aportaciones a la mutualidad de la abogacía en la declaración de la renta. En primer lugar, es necesario verificar si la abogada se encuentra en la mutualidad o en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA). Si está en la mutualidad, los importes serán deducibles como gasto deducible de la actividad profesional. Por el contrario, si se encuentra en el RETA, no tendrán la consideración de gasto deducible. Además, si no se está en el RETA, estos pagos pueden incluirse como reducción de la base imponible en la parte que tenga por objeto las coberturas de contingencias previstas en el Real Decreto Legislativo 1/2002.
PLANTEAMIENTO
En los datos fiscales de una abogada aparece, en el apartado de aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social, Mutualidad General de la Abogacía, con la clave …
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a 2 Prácticos en el vademecum de abogacia.
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestro vademecum de abogaciaSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder