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abogacia
960 - ¿Cuáles son los plazos para interponer los distintos recursos en el orden civil?
Texto
Vademecum: Abogacía
Fecha última revisión: 10/06/2024
Resumen:
Los plazos para interponer recursos en el orden civil varían dependiendo del tipo de recurso:
- Recurso de apelación: 20 días, desde la notificación de la resolución impugnada.
- Recurso de reposición: 5 días, desde el día siguiente en que se notificó la resolución.
- Recurso de revisión: 5 días, desde el día siguiente en que se notificó la resolución.
- Recurso de queja: 5 días, desde la notificación de la resolución que deniega la tramitación de un recurso de casación.
- Recurso extraordinario por infracción procesal. Suprimido por el RDL 6/2023, de 19 de diciembre.
- Recurso de casación: 20 días, desde el día siguiente en que se notificó la resolución.
- Recurso extraordinario en interés de la ley. Suprimido por el RDL 5/2023, de 28 de junio.