¿Cómo es la fiscalidad por cuenta ajena de los abogados?
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Última revisión
19/04/2023

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910 - ¿Cómo es la fiscalidad por cuenta ajena de los abogados?

Tiempo de lectura: 1 min

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Vademecum: Abogacía

Fecha última revisión: 19/04/2023

Resumen:

La fiscalidad por cuenta ajena de los abogados amparado en el contrato laboral, queda desligado de la obligación de presentar el modelo 303 o de pagos a cuenta. El abogado desde el momento de alta colegial, se le exige el correspondiente alta fiscal y el certificado de la empresa indicando la exclusividad del trabajo realizado por cuenta ajena le evita la necesidad de cumplimentar el modelo 036 ó 037. Desde el punto de vista del abogado por cuenta ajena, la única reseña que hay que hacer acaece en tasaciones de costas donde debe emitirse en nombre propio pero por cuenta de la empresa para salvar el escollo fiscal.


El ejercicio por cuenta ajena supone para el abogado subordinarse dentro de una relación laboral de carácter común. Esto implica que no se determinarán para él obligaciones materiales o formales más allá de las que competa respecto de la tributación como rendimientos íntegros del trabajo de las cantidades percibidas en concepto de sueldos y salarios (arts. 6 y 17.1 de la LIRPF).

CUESTIONES

1. Un graduado en derecho ha aprobado el máster de acceso a la abogacía hace dos meses y ha conseguido ser contratado en un despacho de su ciudad. ¿Qué obligaciones fiscales tiene respecto de los pagos que le realiza el despacho?

Únicamente deberá presentar autoliquidación por el IRPF.

2. En el caso anterior, si la relación laboral cambia a una de carácter especial, ¿cómo tributa ese cambio?

El abogado tributará exactamente igual que lo hacía antes de las modificaciones en el despacho.