Última revisión
19/04/2023
abogacia
940 - ¿Qué días y horas son hábiles en el orden civil?
Relacionados:
Vademecum: Abogacía
Fecha última revisión: 19/04/2023
Resumen:
El artículo 130 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) regula los días y horas hábiles en el orden civil junto con los artículos 182 y 183 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). En ellos se establece que los días hábiles procesales son desde las 8am a las 8pm, exceptuando los sábados y domingos, días de fiesta nacional y festivos laborales. Por otra parte los días inhábiles son los sábados y domingos, así como los días comprendidos entre el 24 de diciembre y el 6 de enero del año siguiente, ambos inclusive, los días de fiesta nacional y los festivos a efectos laborales en la respectiva Comunidad Autónoma o localidad y los días del mes de agosto.
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