¿Están los abogados obligados a respetar el deber de deontología profesional?
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Última revisión
18/04/2023

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250 - ¿Están los abogados obligados a respetar el deber de deontología profesional?

Tiempo de lectura: 1 min

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Vademecum: Abogacía

Fecha última revisión: 18/04/2023

Resumen:

Los abogados están obligados a respetar las normas deontológicas de la profesión. Estas normas están contenidas en el Estatuto General, en el Código Deontológico de la Abogacía Española, en el Código Deontológico del Consejo de la Abogacía Europea y en cualquier otra aplicable al lugar en que se desarrolle la actuación profesional. La Ley 2/1974 de Colegios Profesionales regula la responsabilidad de los abogados.


Atendiendo a lo dispuesto en el art. 61 del EGAE:

1. Los profesionales de la Abogacía están obligados a respetar las normas deontológicas de la profesión contenidas en este Estatuto General, en el Código Deontológico de la Abogacía Española, en el Código Deontológico del Consejo de la Abogacía Europea y en cualesquiera otros que le resulten aplicables.

2. Cuando el profesional de la Abogacía actúe fuera del ámbito territorial de su Colegio deberá respetar además las normas deontológicas vigentes en el lugar en que desarrolle su actuación profesional, conforme al artículo 3.3 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.