Legislación

Sistema Español de Archivos

Tiempo de lectura: 10 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 27 de Marzo de 2024

F. entrada en vigor: 01/01/2012

Órgano emisor: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 284

F. Publicación: 25/11/2011


CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. Artículo 2. Definiciones.
CAPÍTULO II. El Sistema Español de Archivos
Artículo 3. El Sistema Español de Archivos. Artículo 4. La cooperación archivística. Artículo 5. El Consejo de Cooperación Archivística.
CAPÍTULO III. Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos
SECCIÓN 1.ª Disposiciones Generales
Artículo 6. Definición. Artículo 7. Composición. Artículo 8. Clases de Archivos. Artículo 9. Archivos de oficina o de gestión. Artículo 10. Archivos generales o centrales de los Ministerios y de los organismos públicos dependientes de los mismos. Artículo 11. Archivo intermedio. Artículo 12. Archivos históricos. Artículo 13. Coordinación archivística.
SECCIÓN 2.ª Tratamiento archivístico
Artículo 14. Ciclo vital de los documentos. Artículo 15. Identificación, valoración y eliminación.
SECCIÓN 3.ª Disposiciones específicas sobre archivos históricos y patrimonio documental
Artículo 16. Conservación del patrimonio documental. Artículo 17. Enriquecimiento del patrimonio documental. Artículo 18. Medidas de fomento del patrimonio documental. Artículo 19. Difusión de los documentos de archivo y de otros recursos culturales o informativos del Sistema español de archivos.
SECCIÓN 4.ª Documentos electrónicos y preservación digital.
Artículo 20. Condiciones para la recuperación y conservación del documento electrónico. Artículo 21. Aplicación de las tecnologías de la información y comunicaciones en la gestión y tratamiento de los documentos. Artículo 22. Documentos en formato electrónico transferidos al Archivo Intermedio de la Administración General del Estado.
CAPÍTULO IV. Procedimiento de acceso a documentos y archivos
Artículo 23. Derecho de acceso a documentos y archivos. Artículo 24. Solicitud de acceso. Artículo 25. Autorización de entrada a los archivos y de consulta de documentos originales. Artículo 26. Acceso restringido. Artículo 27. Solicitud de consulta de documentos de acceso restringido por razones de seguridad y defensa del Estado. Artículo 28. Solicitud de consulta de documentos de acceso restringido por contener datos personales. Artículo 29. Tramitación y resolución. Artículo 30. Plazo para resolver y sentido del silencio. Artículo 31. Obtención de copias. Artículo 32. Régimen de impugnaciones.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Constitución del Consejo de Cooperación Archivística y de la Comisión de Archivos de la Administración General del Estado. D.A. 2ª. Regulación de las Comisiones Calificadoras de Documentos Administrativos. D.A. 3ª. Archivo Histórico de la Nobleza. D.A. 4ª. Sistema Archivístico de la Defensa. D.A. 5ª. Documentación que afecta a las relaciones internacionales de España. D.A. 6ª. Régimen de acceso a los Archivos Históricos de titularidad y gestión estatal. D.A. 7ª. Régimen de acceso a los archivos y documentos adquiridos por negocio jurídico. D.A. 8ª. D.A. 9ª. Cláusula de no incremento del gasto público.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Normas y plazos de transferencias. D.T. 2ª. Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto 1401/2007, de 29 de octubre. D.F. 2ª. Título competencial. D.F. 3ª. Organización archivística departamental. D.F. 4ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario. D.F. 5ª. Entrada en vigor.