Legislación
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establece el Título de Técnico Superior en Administración y Finanzas y enseñanzas mínimas

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 31 de Diciembre de 2020

F. entrada en vigor: 16/12/2011

Órgano emisor: MINISTERIO DE EDUCACION

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 301

F. Publicación: 15/12/2011


Preambulo
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
CAPÍTULO II. Identificación del título, perfil profesional, entorno profesional y prospectiva del título en el sector o sectores
Artículo 2. Identificación. Artículo 3. Perfil profesional del título. Artículo 4. Competencia general. Artículo 5. Competencias profesionales, personales y sociales. Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título. Artículo 7. Entorno profesional. Artículo 8. Prospectiva del título en el sector o sectores.
CAPÍTULO III. Enseñanzas del ciclo formativo y parámetros básicos de contexto
Artículo 9. Objetivos generales. Artículo 10. Módulos profesionales. Artículo 11. Espacios y equipamientos. Artículo 12. Profesorado.
CAPÍTULO IV. Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competencia
Artículo 13. Preferencias para el acceso a este ciclo formativo en relación con las modalidades y materias de bachillerato cursadas. Artículo 14. Acceso y vinculación a otros estudios. Artículo 15. Convalidaciones y exenciones. Artículo 16. Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª Referencia del título en el marco europeo. D.A. 2ª. Oferta a distancia del presente título. D.A. 3ª. Titulaciones equivalentes y vinculación con capacitaciones profesionales. D.A. 4ª. Regulación del ejercicio de la profesión. D.A. 5ª. Equivalencias a efectos de docencia en los procedimientos selectivos de ingreso en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional. D.A. 6ª. Accesibilidad universal en las enseñanzas de este título.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Aplicabilidad de otras normas.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación de normas.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial. D.F. 2ª. Implantación del nuevo currículo. D.F. 3ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Módulos Profesionales ANEXO II ANEXO III A) ANEXO III B) ANEXO III C) ANEXO IV ANEXO V A) ANEXO V B)