Articulo 14 establece el Título de Técnico Superior en Administración y Finanzas y enseñanzas mínimas
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Articulo 14 establece el Título de Técnico Superior en Administración y Finanzas y enseñanzas mínimas

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Artículo 14. Acceso y vinculación a otros estudios.

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1. El título de Técnico Superior en Administración y Finanzas permite el acceso directo para cursar cualquier otro ciclo formativo de grado superior, en las condiciones de admisión que se establezcan.

2. El título de Técnico Superior en Administración y Finanzas permite el acceso directo a las enseñanzas conducentes a los títulos universitarios de Grado, en las condiciones de admisión que se establezcan.

3. El Gobierno, oído el Consejo de Universidades, regulará, en norma específica, el reconocimiento de créditos entre los títulos de técnico superior de la formación profesional y las enseñanzas universitarias de Grado. A efectos de facilitar el régimen de convalidaciones, en este real decreto se han asignado 120 créditos ECTS entre todos los módulos profesionales de este ciclo formativo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-12-2011 en vigor desde 16-12-2011