Caso que analiza las infracciones en materia de prevención de riesgos, en caso d...miento de las mismas
Prevención de riesgos laborales
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Caso que analiza las infr...las mismas

Última revisión
11/10/2023

prevencion

Caso que analiza las infracciones en materia de prevención de riesgos, en caso de incumplimiento de las mismas

Tiempo de lectura: 2 min

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Relacionados:

Vademecum: Prevención

Orden: laboral

Fecha última revisión: 11/10/2023

Resumen:

Las infracciones laborales en materia de prevención de riesgos, están establecidas en el Real Decreto Legislativo 5/2000. Estas infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, donde la multa en cada grado varía según el incumplimiento de las normas. Además, hay dos sentencias relevantes que se han dado en este ámbito: la primera se impone una sanción grave a la empresa por no haber formado a los trabajadores en materia de prevención de riesgos; y la segunda anula la sanción por haberse infringido el principio constitucional non bis in idem.


PLANTEAMIENTO

1.- ¿Cuáles son las infracciones laborales en materia de prevención de riesgos?

2.- ¿Cuántos tipos de infracciones existen y cuál es la cuantía?

RESPUESTA

Las infracciones laborales en materia de prevención de riesgos laborales, vienen establecidas en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, concretamente en los arts. 11 a 13.

1.- ¿ Cuáles son las infracciones laborales en materia de prevención de riesgos?

Las acciones u omisiones de los diferentes sujetos responsables que incumplan las normas legales, reglamentarias y cláusulas normativas de los convenios colectivos en materia de seguridad y salud en el trabajo sujetas a responsabilidad.

2.- ¿Cuántos tipos de infracciones existen y cuál es la cuantía?

a) Las leves, en su grado mínimo, con multas de 70 a 150 euros; en su grado medio, de 151 a 370 euros; y en su grado máximo, de 371 a 750 euros.

b) Las graves con multa, en su grado mínimo, de 751 a 1.500 euros, en su grado medio de 1.501 a 3.750 euros; y en su grado máximo de 3.751 a 7.500 euros.

c) Las muy graves con multa, en su grado mínimo, de 7.501 a 30.000 euros; en su grado medio de 30.001 a 120.005 euros; y en su grado máximo de 120.006 euros a 225.018 euros.

 

SENTENCIAS RELEVANTES

STSJM n.º 961/2014 de 5 de diciembre, ECLI:ES:TSJM:2014:14049

Se impone sanción grave a la empresa por no haber formado a los trabajadores en materia de prevención de riesgos, si bien la empresa disponía de plan de prevención y evaluación de riesgo, los trabajadores no habían recibido la oportuna formación.

SJSO de Teruel  n.º 11/2017 de 23 de enero, ECLI:ES:JSO:2017:222

«Se anula la sanción por haberse infringido el principio constitucional non bis in idem, al ser sancionada una misma conducta doblemente, lo que implica que la ORDEN dictada en fecha 18 de julio de 2016 que imponía las sanciones por un total de 73.032 euros, se dictara prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido por lo que debemos concluir que la resolución es nula y procede revocarse debiendo declarar la improcedencia de las sanciones impuestas».