Caso en el que se analiza la consideración de imprudencia temeraria un accidente... efectos del alcohol
Prevención de riesgos laborales
Prácticos
Caso en el que se analiza...el alcohol

Última revisión
11/10/2023

prevencion

Caso en el que se analiza la consideración de imprudencia temeraria un accidente laboral en el que el trabajador estaba bajo los efectos del alcohol

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min

Relacionados:

Vademecum: Prevención

Orden: laboral

Fecha última revisión: 11/10/2023

Resumen:

Si se produce un accidente laboral y la persona trabajadora accidentada se encuentra bajo la influencia de bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes, la lógica nos lleva a pensar que es imprudencia temeraria. Sin embargo, según la jurisprudencia no es tan clara esta apreciación, y se está aceptando entre las distintas resoluciones judiciales la consideración de accidente laboral. Por otro lado, la carga de la prueba es muy importante en esta clase de casos. Una sentencia reciente establece que no se puede presumir imprudencia temeraria con la presencia de sustancias, sin comprobar el grado de ingesta y la influencia que pueda tener en el accidente.


PLANTEAMIENTO

Si se produce un accidente en el trabajo y la persona trabajadora accidentada se encontraba bajo la influencia de las bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes, ¿el suceso tiene la consideración de accidente laboral o imprudencia temeraria?

RESPUESTA

A pesar de que la lógica nos lleve a pensar que estar bajo la influencia de bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes supone una imprudencia temeraria del trabajador, en la jurisprudencia dicha apreciación no es tan clara. Se está aceptando entre las distintas resoluciones judiciales la consideración de accidente laboral y no imprudencia, jugándose un papel muy importante la carga de la prueba.

Una sentencia reciente del TSJCYL, rec. 1180/2020, de 17 de diciembre, ECLI:ES:TS:TSJCL:2020:4478, establece que no puede presumirse imprudencia temeraria por el simple dato de la presencia de cannabis, anfetamina y alcohol en el análisis realizado al trabajador tras el accidente, pues no consta ni el grado de la ingesta, ni la fecha de la misma, ni su influencia en la conducción del vehículo siniestrado. No existe relación de causalidad entre el consumo de sustancias y el accidente, en este caso se consideró accidente de trabajo.