¿Cuáles son las situaciones de emergencia que pueden darse en el mar en materia ...e riesgos laborales?
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Última revisión
26/04/2023

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1070 - ¿Cuáles son las situaciones de emergencia que pueden darse en el mar en materia de prevención de riesgos laborales?

Tiempo de lectura: 4 min

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Vademecum: Prevención

Fecha última revisión: 26/04/2023

Resumen:

La seguridad de la tripulación en los buques de pesca es fundamental debido a las situaciones de emergencia que se pueden presentar. Para prevenir riesgos laborales, el buque debe contar con los medios necesarios para proporcionar salvamento y supervivencia, y los miembros de la tripulación deben estar debidamente adiestrados e instruidos. Además, es necesario que se realicen simulacros y ejercicios de abandono del buque y de lucha contra incendios para estar preparados en caso de emergencia.


En la mar, las situaciones de emergencia pueden tener los agravantes de la oscuridad, mares agitados, medio inestable, accidentes múltiples que afectan a totalidad del buque y a toda la tripulación o situaciones de hombre, que muchas veces se cobran la vida de los trabajadores.

Sin perjuicio de los equipos de protección individual que deba utilizar la tripulación, los buques de pesca deben disponer a bordo de medios adecuados de salvamento y supervivencia, debiendo conservarse en buen estado de funcionamiento

El equipamiento mínimo viene exigido por la normativa en función de la eslora del buque (Real Decreto 1216/1997, de 18 de julio, si la eslora igual a superior a 15m en caso de buque nuevo o 18 metros si es ya existente, Real Decreto 1032/1999, de 18 de junio, si la eslora es igual o superior a 24 metros y Real Decreto 543/2007 para eslora inferior a 24 m), zona de navegación, número de tripulantes, etc. Deben cumplir —salvo excepciones— el Real Decreto 701/2016, de 23 de diciembre, sobre equipos marinos destinados a ser embarcados en los buques. En este sentido, se clasifican del siguiente modo: 

  • Dispositivos colectivos de salvamento, destinados al rescate de personas y que se clasifican en embarcaciones de supervivencia (botes salvavidas y balsas salvavidas) y botes de rescate.
  • Chaleco salvavidas para abandono de buque, que se utilizan en todos los buques del mundo y deben cumplir los requisitos de la Organización Marítima Internacional (chalecos tipo SOLAS), salvo en pesca local (basta con que se ajusten a estándares internacionales satisfactorios como los ISO y se admiten de inflado automático), en el número que determine la normativa.
  • Trajes de inmersión y ayudas térmicas, para protección personal.
  • Aros salvavidas para asistencia en caso de caída al mar, estibados de forma que sean accesibles y puedan ser rápidamente lanzados al mar.
  • Aparatos lanzacabos del tipo aprobado.
  • Señales de socorro que todo buque debe llevar, en función de la zona de navegación (bengalas de mano, cohetes lanza bengalas y señales fumígenas).
  • Equipos radioeléctricos de salvamento (radiobaliza satelitaria de localización de siniestros, radiobaliza personal de hombre al agua o radioteléfono portátil VHF).

Todos los miembros de la tripulación deberán haber asistido a cursos de formación sobre seguridad y se deberán realizar simulacros con regularidad, y estar debidamente adiestrados e instruidos en previsión de cualquier emergencia.

Además, en embarcaciones con 5 o más tripulantes o buques de más de 45 m de eslora, deberá estar expuesto en distintas partes del buque (puente de mando, comedor, zonas de tripulación, según el tipo de buque) un cuadro orgánico de obligaciones y consignas de emergencia, con las instrucciones precisas que cada trabajador deberá seguir en caso de emergencia: sistema de alarma general de emergencia, medidas que la tripulación debe tomar cuando suene la alarma, procedimiento para dar la orden de abandono, cometidos de los tripulantes en cada tipo de emergencia.

Por otro lado, la normativa obliga a realizar ejercicios periódicos de abandono del buque y de lucha contra incendios, que se anotarán en el diario de navegación y serán al menos un ejercicio de abandono y lucha contra-incendios todos los tripulantes mensualmente (en buques menores de eslora inferior a 24 metros, máximo 2 meses).

DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS

- Guía técnica INSST para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de los buques de pesca.

- Guía técnica INSST sobre buques de pesca (Anexo III incluye resúmenes de cuadros orgánicos de obligaciones de dos pesqueros).

- Guía INSST de mantenimiento de los dispositivos de salvamento y Emergencias: Cuadro de procedimientos de operación para situaciones de socorro.

- Guía Europea de SST en pequeños buques de pesca.

- Guía Europea para la prevención de accidentes de trabajo en el mar y seguridad de los pescadores.

- Arvi: Manual de Formación a Bordo.