¿Cómo se realiza la prevención de riesgos laborales en microempresas y autónomos?
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Última revisión
19/09/2022

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190 - ¿Cómo se realiza la prevención de riesgos laborales en microempresas y autónomos?

Tiempo de lectura: 7 min

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Vademecum: Prevención

Fecha última revisión: 19/09/2022


Cualquier empresa o autónomo con personal contratado tiene la obligación de cumplir la normativa en PRL para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo.

La prevención de riesgos laborales se integra en el sistema general de gestión de la empresa y para ello, hay que implantar una planificación de la actividad preventiva que se plasma en el denominado Plan de Prevención.

Prevención10

El Ministerio de Trabajo e Inmigración dispone de un servicio de asesoramiento a la microempresa en materia de seguridad y salud laboral, denominado «Prevención10.es», que se ha puesto en marcha en el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, con la colaboración de las comunidades autónomas, donde podemos encontrar la HERRAMIENTA EVALUA-T, que permite, a partir de la información aportada por la persona usuaria, generar la documentación relativa a la actividad preventiva de la empresa, en concreto, el plan de prevención, la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva de la empresa para los puestos de trabajo incluidos en la herramienta.

El objetivo principal del Ministerio de Trabajo e Inmigración con la puesta en marcha de este servicio, de carácter público y gratuito, es:

  • Conseguir una reducción constante y significativa de la siniestralidad laboral y la mejora continua y progresiva de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, de acuerdo con los objetivos fijados en la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Facilita al empresario la formación, información y asistencia técnica necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones legales, proporcionándole un lugar de encuentro e intercambio de buenas prácticas.
  • Facilita al empresario herramientas gratuitas, atractivas y fáciles de usar, que cumplan con todos los estándares de accesibilidad y seguridad que le permitan gestionar eficazmente la prevención en su empresa, apostando claramente por la simplificación y la reducción de cargas.

Procedimiento para elaborar el plan de prevención utilizando el portal Prevención10

Este servicio permite realizar directamente todos los trámites administrativos relacionados con la prevención (excepto la vigilancia de la salud) en 5 etapas:

  • Registro de acceso al sistema, mediante DNI electrónico o certificado digital.
  • Formación, facilitando información de necesario conocimiento de la empresa a partir de los datos introducidos referentes a los puestos de trabajo y las tareas a realizar por cada uno de ellos.
  • Evaluación de los riesgos, donde se identifica las características de la plantilla, identificando posibles fuentes de daño, riesgos y medidas preventivas apropiadas.
  • Planificación de la actividad preventiva, detallando las medidas a tomar para eliminar los riesgos laborales que se hayan detectado, estimando su coste, fecha de ejecución y designando un responsable.
  • Seguimiento de la ejecución, mediante la herramienta se permite realizar un seguimiento del plan de prevención, enviando avisos y alertas para recordar las medidas que se deben tomar para eliminar los riesgos.

Herramienta evalua-t 

«Evalúa-t» tiene por objeto el establecimiento del plan de prevención, la evaluación de riesgos y su planificación en las empresas de menos de diez trabajadores, mientras que «Stop riesgos laborales» consiste en un servicio telefónico de asistencia y orientación a la pequeña empresa. Por último, «T-formas» es un plan de formación dirigido al pequeño empresario para que pueda asumir personalmente la gestión de prevención de riesgos laborales.

Solo pueden utilizar evalua-t las empresas que reúnan los requisitos siguientes:   

  • Tener como máximo 10 personas trabajadoras.
  • Que la actividad de la empresa sea una de las indicadas en la propia herramienta evalua-t. Las actividades de la empresa no deben estar incluidas en el Anexo I del RD 39/1997, que incluye una serie de actividades laborales que requieren de una vigilancia mayor.
  • Disponer de una de las modalidades de organización de la prevención siguientes: asunción de la prevención por parte del empresario/a o trabajador/a designado/a. Si es el empresario/a quien asume la organización de la prevención, es necesario que desarrolle su actividad profesional de manera habitual en el centro de trabajo y que cuente con formación de nivel básico, intermedio o superior en prevención de riesgos laborales, según los casos y en función de la evaluación de riesgos y de las medidas preventivas que haga falta adoptar.

La herramienta evalua-t es simplemente una herramienta de gestión y, por ello, hará falta desarrollar otras acciones de prevención no incluidas en la herramienta, como son la información, consulta y organización de la participación de las personas trabajadoras, la coordinación de actividades empresariales, las actuaciones en caso de emergencias y primeros auxilios o la investigación de los daños a la salud que puedan ocurrir. Es decir, su utilización no es suficiente para realizar la prevención de riesgos laborales de una empresa.

Asimismo, está disponible para dar soporte a múltiples actividades, entre las que se encuentran despachos y oficinas, peluquería, cafetería y restaurantes, farmacias y diferentes actividades de comercio, entre otras. La herramienta guía al encargado de elaborar el plan en el proceso de evaluación de riesgos y en la planificación de las actividades preventivas y su seguimiento. Además, a través de los documentos de «Mi Plan», ayuda a elaborar e implantar el plan de prevención y a controlar y mejorar la actuación preventiva de la empresa.

El empresario que utilice evalua-t para la gestión de la prevención de riesgos, asumirá ciertas responsabilidades:

  • Conserva todas las responsabilidades propias del empresario/a respecto a la seguridad y la salud de las personas trabajadoras, así como las que corresponden a la modalidad de organización preventiva escogida (asunción de la prevención por parte del empresario/a o bien realización mediante un trabajador/a designado/a).
  • Hace falta que la persona que utilice evalua-t, ya sea el empresario/a o el trabajador/a designado/a, cuente con un nivel de formación básico, intermedio o superior, según corresponda en función de la evaluación de los riesgos y de las medidas preventivas que haya que adoptar.
  • Es necesario aplicar correctamente las herramientas disponibles en el portal y, en particular, identificar correctamente los riesgos en la evaluación hecha con evalua-t.
  • El empresario/a es el responsable de la idoneidad de las medidas preventivas que deriven de la evaluación de riesgos y de su aplicación efectiva en la empresa.

Trabajadores autónomos sin empleados a cargo/microempresas

Cuando procedamos a registrarnos en Prevención10, lo primero que se distingue es si el empresario tiene o no trabajadores a su cargo. En función de ello, establece dos perfiles formativos distintos:

  • Evalua-t es la herramienta para aquellas empresas que tienen personal a su cargo. Permite realizar: la evaluación de riesgos de la empresa, la planificación de la actividad preventiva, obtener el documento único de extensión reducida. También podremos actualizar nuestra evaluación de riesgos y hacer un seguimiento y control de la actividad preventiva en la empresa.
  • Autopreven-t es la herramienta para los autónomos. Permite recibir formación sobre los riesgos asociados a nuestra tarea, cumplir con los deberes de cooperación, información e instrucción cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades otros trabajadores autónomos y trabajadores de otras empresas, cumplir con los deberes de cooperación, información e instrucción cuando ejecute su actividad profesional en los locales o centros de trabajo de las empresas para las que presta sus servicios. 

Actividades incluidas y exclusiones

En la actualidad tienen la posibilidad de utilizar este servicio actividades como: peluquerías, oficinas, tintorerías, floristerías, jugueterías, tiendas de prendas de vestir, cafeterías, bares y restaurantes, pubs y catering. En breve se irán incorporando nuevas actividades.

Las empresas que por su actividad sean consideradas de especial peligrosidad, incluidas en el Anexo I del RD 39/1997, de 17 de enero, o las incluidas en el sector de la minería o de la construcción, no podrán acogerse a este servicio.