Última revisión
04/07/2024
prevencion
1550 - ¿Cuáles son las obligaciones que tiene el empresario en relación con la manipulación de cargas que realizan los trabajadores?
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Vademecum: prevencion
Fecha última revisión: 04/07/2024
El art. 3 del Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, establece que el empresario deberá evitar la manipulación manual de cargas y reducir los riesgos si está no puede ser evitada. La evaluación de los riesgos se deberá hacer teniendo en cuenta los factores relativos a la carga, el esfuerzo físico y el medio de trabajo, además de exigencias de la actividad y factores individuales de riesgo. El empresario deberá también garantizar una formación e información adecuada a los trabajadores sobre los riesgos y medidas de prevención, así como vigilancia de la salud de los trabajadores cuando sea necesario.
El art. 3 del Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, establece que el empresario deberá:
- Evitar la manipulación manual de cargas, para lo cual adoptará las medidas técnicas u organizativas necesarias como es utilizar equipos para el manejo mecánico de las mismas, de forma automática o controlada por el trabajador: grúas y carretillas elevadoras, sistemas transportadores, grúas y grúas pórtico.
- Reduc...
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