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Última revisión
15/04/2024

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830 - ¿Cuáles son los criterios que deben seguirse para elegir los equipos de protección de la cabeza de la persona trabajadora?

Tiempo de lectura: 4 min

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Vademecum: Prevención

Fecha última revisión: 15/04/2024

Resumen:

Existen dos aspectos fundamentales que deben seguirse para elegir los equipos de protección para la cabeza de la persona trabajadora: la isopción de cascos con prestaciones adecuadas a los riesgos que hayan de afrontar y la elección propiamente dicha de los modelos. El empresario debe implicar a los trabajadores en el análisis de los riesgos y en definir las prestaciones que habrán de tener los cascos para responder eficazmente a los riesgos presentes en el lugar de trabajo. Entre algunos factores a tener en cuenta para la cuantificación de los riesgos se encuentran la capacidad de amortiguación de los choques, la resistencia al impacto, el aislamiento eléctrico y la resistencia a altas y bajas temperaturas.


Como para cualquier análisis preventivo, en primer lugar, será necesario identificar y evaluar los riesgos que motiven el uso de un equipo de protección individual, teniendo en cuenta la parte del cuerpo a proteger, la naturaleza y magnitud de la exposición y habiendo intentado establecer medidas de protección colectiva o modificaciones en los métodos o procedimientos de organización del trabajo (art. 4 del Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo).

Los criterios que servirán de base para la elección de un casco de protección abarcan dos aspectos fundamentales:

  • Existencia de cascos con prestaciones adecuadas a los riesgos que hayan de afrontar (proceso de apreciación).
  • Elección propiamente dicha (elección de los modelos).

Una vez que se tenga información de los cascos que técnicamente pueden utilizarse en el puesto de trabajo, se procederá a la elección de una determinada marca y modelo. En este punto, debe contarse con la participación del usuario, puesto que sus propias características individuales pueden hacer aconsejable o no una determinada elección. En cualquier caso, se tendrán presentes algunas consideraciones:

  • Adaptación correcta del casco sobre la cabeza, de forma que no se desprenda fácilmente al agacharse o al mínimo movimiento.
  • Fijación adecuada del arnés a la cabeza, de manera que no se produzcan molestias por irregularidades o aristas vivas.
  • Los cascos deberán pesar lo menos posible.
  • Debe evitarse barboquejo (cinta o correa de sujeción), puesto que podría ser una fuente adicional de riesgo.
  • En puestos sometidos a radiaciones relativamente intensas (sol) los cascos deberán ser de policarbonato o ABS (acrilonitrilo butadieno-estireno) para evitar su envejecimiento prematuro, y de colores claros, preferiblemente blancos para que absorban la mínima energía posible.
  • No deben utilizarse cascos con salientes en el interior, ya que pueden provocar lesiones graves en caso de golpe. Deberán estar provistos de un relleno protector lateral no inflamable y resistente al calor.

El casco de protección, como equipo de protección individual que es, debe utilizarse cuando los riesgos presentes en el lugar de trabajo no se evitan con medios de protección colectiva técnicos o bien por medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo (principio de utilización).

El empresario, sin perjuicio de su responsabilidad, implicará a los trabajadores y a sus representantes en la empresa o establecimiento, en la elaboración y/o aplicación del proceso de apreciación, elección de los modelos y principio de utilización.

El análisis de los riesgos no responde a criterios estándar y debe ser realizado por el empresario teniendo en cuenta el origen y forma de los riesgos (caídas de objetos, choques, contacto con elementos en tensión, condiciones de frío o calor, contacto con llamas, etcétera).

Igualmente deben especificarse datos relativos a la tensión eléctrica, temperatura, humedad, esfuerzos soportados en choques, tiempo de contacto con llamas y cualesquiera otros que ayuden a completar el análisis.

Una vez analizados los riesgos, el empresario procederá a definir las prestaciones que habrán de tener los cascos de protección para responder eficazmente a los riesgos presentes en el lugar de trabajo. Para ello, tendrá en cuenta una serie de factores que son propios al origen y forma de los riesgos valorados.

A modo de ejemplo, y de manera no exhaustiva, se indican algunos de estos factores:

  • Capacidad de amortiguación de los choques.
  • Resistencia al impacto en caída libre.
  • Resistencia a las proyecciones de objetos a velocidad.
  • Grado de aislamiento eléctrico.
  • Resistencia a la perforación.
  • Mantenimiento de las funciones de protección a bajas y altas temperaturas.
  • Resistencia a la llama.

La cuantificación de los riesgos implica la determinación de las prestaciones de los cascos para que éstos sean adecuados a los riesgos de los que haya que protegerse.

A TENER EN CUENTA. La Guía orientativa para la selección y utilización de cascos de seguridad del INSST puede resultar de utilidad para formular criterios en la elección, uso y mantenimiento de los cascos de protección para utilizados por los trabajadores frente a los riesgos de choques, golpes y caídas o proyección de objetos y permite conocer lso distintos componentes, marcados y riesgos para los que tienen que proteger. La «NTP 1179. Protectores de la cabeza: Cascos forestales y de rescate técnico. INSST. Año 2023», también detalla los riesgos y factores de riesgo más frecuentes para los que es necesario el uso de protección de la cabeza durante la realización de los trabajos para la lucha contra el fuego en espacios abiertos y en actividades de rescate técnico.