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Esquema sobre el plan de emergencia de riesgos laborales de acuerdo a la Ley 31/1995
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Vademecum: Prevención
Fecha última revisión: 03/04/2023
Resumen:
El empresario debe analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias para la prevención de Riesgos Laborales. De acuerdo al artículo 20 de la Ley 31/1995 de prevención de Riesgos Laborales, se deben adoptar medidas como primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores. El empresario debe contar con el personal y material necesario para aplicar estas medidas, así como relacionarse con servicios externos para garantizar la rapidez y eficacia de las mismas.
Teniendo en cuenta lo anterior, podemos definir una situación de emergencia como aquella que, en el ámbito laboral, surge de forma repentina y presenta la capacidad de generar un daño importante, ya sea físico o material. Frente a estas potenciales situaciones de emergencia, las empresas deben reaccionar, y la forma de hacerlo es a través de la elaboración de un plan de emergencia.
El presente esquema ofrece el contenido estructural de este plan de emergencia:
Primero, debemos partir del ya precitado artículo 20 de la LPRL, el cual regula las medidas de emergencia consistentes en:
- Analizar situaciones de riesgo.
- Adoptar medidas necesarias en primeros auxilios.
- Lucha contra incendios.
- Evacuación de trabajadores.
- Designar personal encargado de poner en práctica las medidas.
- Comprobación periódica de las medidas por parte del personal designado.
Por lo tanto, el precitado artículo 20 ya nos da las claves para definir el contenido del plan de emergencia:
- Evaluación de los riesgos.
- Medios de protección para hacer frente a esos riesgos.
- Implantación de los medios de protección.
Del mismo modo, y como indica el artículo 20 en sus dos últimos apartados, el plan de emergencia requiere:
- Un programa anual de mantenimiento para comprobar las eficacia de las medidas de seguridad.
- La adecuada formación del personal asignado.
Es recomendable consultar:
- La ficha de divulgación formativa «Planes de emergencia, planes de autoprotección y medidas de emergencia» del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
- Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.