Dt 3 Patrimonio de las AAPP
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.T. 3ª. Régimen transitorio de los expedientes patrimoniales.
Vigente
Los expedientes patrimoniales que se encuentren en tramitación, pasarán a regirse por esta ley desde su entrada en vigor. Los actos de trámite dictados al amparo de la legislación anterior y bajo su vigencia conservarán su validez, siempre que su mantenimiento no produzca un efecto contrario a esta ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 04-11-2003 en vigor desde 04-02-2004