Dt 2 Reglamento sobre protección de la salud contra los riesgos derivados de la ...diaciones ionizantes
Dt 2 Reglamento sobre pro...ionizantes

Dt 2 Reglamento sobre protección de la salud contra los riesgos derivados de la exposición a las radiaciones ionizantes

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 2ª. Límites de dosis al cristalino.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los nuevos límites de dosis al cristalino establecidos en los artículos 11.2.a) y 13.2.a) serán de aplicación dieciocho meses después de la entrada en vigor de este reglamento, debiendo utilizarse hasta entonces los límites establecidos en el Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes, aprobado por Real Decreto 783/2001, de 6 de julio.