Aplicación del principio de igualdad de trato de las personas independientemente de su origen racial o étnico
Índice
Ambito: DOUE
Estado: VIGENTE. Validez desde 19 de Julio de 2000
F. entrada en vigor: 19/07/2000
Órgano emisor: CONSEJO
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 180
F. Publicación: 19/07/2000
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Concepto de discriminación
Artículo 3. Ámbito de aplicación
Artículo 4. Requisitos profesionales esenciales y determinantes
Artículo 5. Acción positiva
Artículo 6. Requisitos mínimos
CAPÍTULO II. RECURSOS Y CUMPLIMIENTO
Artículo 7. Defensa de derechos
Artículo 8. Carga de la prueba
Artículo 9. Protección contra las represalias
Artículo 10. Divulgación de información
Artículo 11. Diálogo social
Artículo 12. Diálogo con las organizaciones no gubernamentales
CAPÍTULO III. ORGANISMOS DE PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD DE TRATO
Artículo 13
CAPÍTULO IV. DISPOSICIONES FINALES
Artículo 14. Cumplimiento
Artículo 15. Sanciones
Artículo 16. Aplicación
Artículo 17. Informe
Artículo 18. Entrada en vigor
Artículo 19. Destinatarios