Df 6 Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2003, de instituciones de inversión colectiva
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D.F. 6ª. Entrada en vigor.

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El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 13 de julio de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Economía y Competitividad,

LUIS DE GUINDOS JURADO

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-07-2012 en vigor desde 21-07-2012