Df 2 Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social
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»D.F. 2ª. Facultades de aplicación y desarrollo.
Vigente
Se faculta al Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social para dictar cuantas resoluciones resulten necesarias para la aplicación de lo dispuesto en esta orden.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-03-2013 en vigor desde 01-04-2013