Df 1 Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social
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»D.F. 1ª. Título competencial.
Vigente
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.17.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-03-2013 en vigor desde 01-04-2013