Da 5 Reglamento sobre protección de la salud contra los riesgos derivados de la ...diaciones ionizantes
Da 5 Reglamento sobre pro...ionizantes

Da 5 Reglamento sobre protección de la salud contra los riesgos derivados de la exposición a las radiaciones ionizantes

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D.A. 5ª. Punto de contacto con otros Estados miembros.

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1. Se designa al Consejo de Seguridad Nuclear como punto de contacto para las comunicaciones con otros Estados miembros en relación con este reglamento, al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en lo referente a los productos de consumo, al Ministerio de Sanidad en lo referente al ámbito médico, y al Ministerio del Interior con fines de asistencia mutua en lo referente a las actuaciones en caso de emergencia nuclear o radiológica.

2. Los datos de contacto de los organismos anteriores, incluida su dirección, así como sus respectivos ámbitos de competencia, serán remitidos a la Comisión Europea. Asimismo, deberá comunicarse a la Comisión Europea cualquier cambio en esta información.