Articulo 61 Ordenación del Sistema de Formación Profesional
Articulo 61 Ordenación de...rofesional

Articulo 61 Ordenación del Sistema de Formación Profesional

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 61. Acceso.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


No se exigen requisitos académicos o profesionales de acceso para un certificado de competencia. Corresponderá a la Administración responsable la comprobación de que las personas candidatas poseen las habilidades comunicativas en el idioma de la formación y personales y sociales básicas suficientes para cursar con aprovechamiento la formación. Esta comprobación podrá deberá realizarse de manera previa a cada oferta formativa.