Articulo 60 Ley 40/2015, del Régimen Jurídico del Sector Público
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Articulo 60 Ley 40/2015, del Régimen Jurídico del Sector Público

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Artículo 60. Ordenación jerárquica de los órganos ministeriales.

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1. Los Ministros son los jefes superiores del Departamento y superiores jerárquicos directos de los Secretarios de Estado y Subsecretarios.

2. Los órganos directivos dependen de alguno de los anteriores y se ordenan jerárquicamente entre sí de la siguiente forma: Subsecretario, Director general y Subdirector general.

Los Secretarios generales tienen categoría de Subsecretario y los Secretarios Generales Técnicos tienen categoría de Director general.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-10-2015 en vigor desde 02-10-2016