Articulo 3 Búsqueda e intercambio automatizados de datos para la cooperación policial
Articulo 3 Búsqueda e int...n policial

Articulo 3 Búsqueda e intercambio automatizados de datos para la cooperación policial

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 3. Ámbito de aplicación

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El presente Reglamento se aplicará a las bases de datos creadas con arreglo al Derecho nacional y utilizadas para la transferencia automatizada de perfiles de ADN, datos dactiloscópicos, determinados datos de matriculación de vehículos, imágenes faciales y antecedentes policiales, de conformidad, según proceda, con la Directiva (UE) 2016/680 o los Reglamentos (UE) 2018/1725, (UE) 2016/794 o (UE) 2016/679.