Articulo 164 Ordenación del Sistema de Formación Profesional
Articulo 164 Ordenación d...rofesional

Articulo 164 Ordenación del Sistema de Formación Profesional

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 164. Permanencia.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los alumnos y las alumnas podrán realizar la formación en empresa en un máximo de dos ocasiones en el marco de una oferta formativa.