Articulo 136 Ley 40/2015, del Régimen Jurídico del Sector Público
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Articulo 136 Ley 40/2015, del Régimen Jurídico del Sector Público

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Artículo 136. Fusión, disolución, liquidación y extinción.

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A las fundaciones del sector público estatal le resultará de aplicación el régimen de fusión, disolución, liquidación y extinción previsto en los artículos 94, 96 y 97.

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  • Texto Original. Publicado el 02-10-2015 en vigor desde 02-10-2016