Anexo 3 Investigación de accidentes e incidentes marítimos
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ANEXO III. Documento acreditativo de los investigadores de campo

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La tarjeta de identidad de los investigadores de campo que deberá incluir una traducción al idioma inglés, tendrá el siguiente contenido:

1. Referencia a que aquélla se expide por la Secretaría General de Transportes del Ministerio de Fomento del Estado español.

2. Nombre, apellidos y fotografía reciente de su titular.

3. Indicación de ser personal e intransferible.

4. Firma del titular de la tarjeta de identidad.

5. Declaración en la que se indique que el titular del documento está autorizado para realizar la investigación de accidentes e incidentes marítimos, a que se refiere el artículo 12 del Real Decreto ……/2011, de ……, por el que se regula la investigación de los accidentes e incidentes marítimos y la Comisión Permanente de investigación de accidentes e incidentes marítimos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-06-2011 en vigor desde 17-06-2011