Última revisión
familia
Caso que valora la posibilidad de que un progenitor pueda iniciar el procedimiento de impugnación de la filiación respecto a un hijo nacido mediante técnicas de reproducción asistida
Tiempo de lectura: 3 min
Relacionados:
Vademecum: Familia
Orden: civil
Fecha última revisión: 22/06/2023
Resumen:
Nos centramos en la posible impugnación de la filiación de un hijo nacido mediante técnicas de reproducción asistida. El artículo 7 de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida, establece que la filiación de los hijos nacidos bajo estas circunstancias se regulará por las leyes civiles. La particularidad de este supuesto es que el padre fue completamente ajeno a la decisión que tómo la madre respecto a someterse a un método de reproducción asistida —de hecho, inició el procedimiento como tal antes de empezar la relación con el progenitor—, por lo que no ha prestado su consentimiento y no ha participado en el procedimiento de ningún modo. Todo ello nos lleva a la conclusión de que sí está legitimado para impugnar la filiación.
PLANTEAMIENTO
«A» suscribió, en exclusiva, el protocolo de consentimiento informado de técnicas de reproducción humana asistida el 14 de mayo de 2019 en una reconocida clínica de fertilidad. El 10 de …
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