Última revisión
¿Tiene derecho el tutor de un menor de edad a ser retribuido y/o indemnizado por daños y perjuicios?
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Orden: civil
Fecha última revisión: 18/04/2023
Resumen:
El Código Civil español reconoce al tutor el derecho a obtener una retribución por el desempeño de su función. Esta retribución se debe otorgar siempre que el patrimonio del tutelado lo permita. Asimismo, el tutor tiene derecho a ser indemnizado por daños y perjuicios que pueda sufrir como consecuencia del desempeño de la tutela. Esta indemnización, de no poder obtenerse por otros medios, se debe fijar con cargo a los bienes del tutelado.
PLANTEAMIENTO
La persona que ejerza de tutor de un menor de edad, ¿tiene derecho a que le sea retribuida esa función? Y, en caso de que el tutor del menor sufra daños por el desempeño de esa función, ¿podrá ser indemnizado?
RESPUESTA
Sí, nuestro ordenamiento jurídico reconoce al tutor el derecho a obtener una retribución. Este reconocimiento se encuentra estipulado en el artículo 229 del
Por su parte, y para el caso de que el tutor sufra daños y perjuicios con ocasión del desempeño de la tutela, el artículo 230 del
A TENER EN CUENTA. Este caso práctico se encuentra actualizado a las modificaciones efectuadas en el