¿Debe responder la sociedad de gananciales por las obligaciones contraídas por uno de los cónyuges?
Derecho de familia
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Última revisión
29/08/2023

familia

290 - ¿Debe responder la sociedad de gananciales por las obligaciones contraídas por uno de los cónyuges?

Tiempo de lectura: 9 min

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Vademecum: Familia

Fecha última revisión: 24/08/2023

Resumen:

La sociedad de gananciales, al no tener personalidad jurídica, no puede contraer deudas por sí misma, pero sí puede tener un patrimonio independiente al del patrimonio privativo de cada uno de los cónyuges. Existen diferentes tipos de responsabilidad en función de las deudas y estas dependerán de la finalidad con la que se suscriben. El artículo 1.371 del Código Civil dispone que la responsabilidad de las deudas generadas por juegos será privativa, mientras que la responsabilidad de los préstamos será solidaria o subsidiaria.

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El régimen de responsabilidad de la sociedad de gananciales se contiene en los arts. 1365 a 1373 CC. Teniendo en cuenta lo dispuesto en estos artículos, la responsabilidad puede ser: