Última revisión
29/08/2023
familia
290 - ¿Debe responder la sociedad de gananciales por las obligaciones contraídas por uno de los cónyuges?
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Vademecum: Familia
Fecha última revisión: 24/08/2023
Resumen:
La sociedad de gananciales, al no tener personalidad jurídica, no puede contraer deudas por sí misma, pero sí puede tener un patrimonio independiente al del patrimonio privativo de cada uno de los cónyuges. Existen diferentes tipos de responsabilidad en función de las deudas y estas dependerán de la finalidad con la que se suscriben. El artículo 1.371 del Código Civil dispone que la responsabilidad de las deudas generadas por juegos será privativa, mientras que la responsabilidad de los préstamos será solidaria o subsidiaria.
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