Última revisión
17/06/2024
familia
1250 - ¿Cuál es el procedimiento para ejercitar la acción de nulidad, separación o divorcio mediante el procedimiento contencioso?
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Vademecum: familia
Fecha última revisión: 17/06/2024
Según la Ley de Enjuiciamiento Civil, para ejercitar la acción de nulidad, separación o divorcio, se requiere una certificación de la inscripción del matrimonio, y el LAJ deberá dar traslado de la demanda al Ministerio Fiscal. El Ministerio Fiscal, al intervenir en estos procedimientos, puede proponer las medidas que considere convenientes para protección de los menores.
Se deberán tener en cuenta las medidas provisionales previas a la demanda, así como medidas provisionales y definitivas derivadas de la admisión de la demanda.
Tal y como hemos adelantado, en caso de pretender la nulidad matrimonial o en caso de falta de acuerdo de los cónyuges en la solicitud de separación o divorcio, habremos de atender a las reglas del artículo 770 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Las demandas de separación y divorcio, en las que no exista acuerdo entre las partes, y las de nulidad matrimonial se tramitarán por los cauces del del jui...
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