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Última revisión
11/06/2024

familia

240 - ¿Qué efecto tiene la «confesión de ganancialidad» en la adquisición de bienes?

Tiempo de lectura: 8 min

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Vademecum: Familia

Fecha última revisión: 11/06/2024

Resumen:

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo establece que la declaración de un cónyuge adquiriente de que un bien se adquiere para la sociedad de gananciales carece de eficacia sustantiva real, más allá de que refuerza la presunción legal de ganancialidad.

De acuerdo con el artículo 1355 del Código Civil, para la atribución de ganancialidad es necesario el común acuerdo de los cónyuges y la inscripción del bien adquirido como privativo del cónyuge requiere la justificación del carácter privativo del precio mediante prueba documental pública. 

Por tanto, el carácter ganancial basado en la sola declaración del cónyuge adquirente es meramente presuntivo y, en un proceso judicial, dicho cónyuge podrá probar el carácter privativo de los fondos con el objetivo de que se declare la naturaleza privativa del bien.


La Sala de lo Civil de nuestro Tribunal Supremo se ha pronunciado respecto a la trascendencia jurídica que opera en el carácter ganancial de un bien basado en la sola declaración del cónyuge …