Última revisión
09/06/2023
familia
1650 - ¿Qué progenitor está obligado a abonar la pensión de alimentos a los hijos en los casos de nulidad, separación o divorcio?
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Vademecum: Familia
Fecha última revisión: 10/03/2023
Resumen:
Habitualmente, el progenitor no custodio es el encargado de abonar la pensión de alimentos a los hijos. Sin embargo, debemos tener en cuenta el tipo de custodia fijado respecto de los menores. En los casos de custodia compartida, serán los dos progenitores los obligados a satisfacer la pensión alimenticia; además, existe una variedad de pronunciamientos por parte de las audiencias provinciales con relación a la forma en la que se regulan las contribuciones de los progenitores a los alimentos y gastos de los menores una vez establecida esa custodia, dependiendo de las circunstancias existentes en cada caso concreto.
Habitualmente será el progenitor no custodio el obligado a abonar la pensión de alimentos de los hijos. Sin embargo, debemos atender al tipo de custodia fijado respecto de los hijos/as.
Custodia …
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