Última revisión
15/06/2023
familia
1960 - ¿A quién se le atribuye la vivienda familiar en casos de violencia de género cuando se solicita la separación o divorcio?
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Vademecum: Familia
Fecha última revisión: 11/10/2021
Resumen:
La atribución judicial de la vivienda familiar se resuelve cuando se adoptan medidas provisionales, coetáneas o previas a la demanda de nulidad, separación o divorcio. Existen diferentes situaciones que se pueden dar respecto a la vivienda familiar en casos de violencia de género como la vivienda ganancial, vivienda propiedad privativa del condenado, vivienda alquilada por el condenado o por la pareja, y vivienda cedida en precario. En todos los casos, se recomienda la comunicación con el arrendador para evitar problemas futuros.
La violencia de género, según dispone el artículo 1 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, es aquella «violencia que, como …
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