Esquema que detalla el procedimiento a seguir para iniciar el procedimiento cont...eparación o divorcio
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Esquema que detalla el pr...o divorcio

Última revisión
04/04/2023

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Esquema que detalla el procedimiento a seguir para iniciar el procedimiento contencioso de nulidad, separación o divorcio

Tiempo de lectura: 1 min

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Vademecum: Familia

Fecha última revisión: 04/04/2023

Resumen:

El artículo 770 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil establece el procedimiento contencioso de separación, nulidad o divorcio. Dicho procedimiento se fundamenta en los trámites del juicio verbal, y contiene los elementos necesarios para la comparecencia de las partes, la aportación de documentos, la aceptación de la reconvención, la práctica de pruebas, la presencia obligatoria de los abogados, etc. Además, también incluye la posibilidad de solicitar la suspensión del proceso para someterse a mediación.

A modo de repaso de las diferentes fases del procedimiento:

  • Se sustanciará por os trámites del juicio verbal
  • A la demanda deberá acompañarse la certificación de la inscripción del matrimonio y, en su caso, las de inscripción de nacimiento de los hijos en el Registro Civil
  • La reconvención se propondrá con la contestación a la demanda
  • A la vista deberán concurrir las partes por sí mismas
  • Las pruebas que no puedan practicarse en el acto de la vista se practicarán dentro del plazo que el Tribunal señale, que no podrá exceder de treinta días
  • En cualquier momento del proceso, las partes podrán solicitar que continúe el procedimiento por los trámites que se establecen en dicho artículo.
  • En los procesos que versen exclusivamente sobre guarda y custodia de hijos menores o sobre alimentos reclamados en nombre de los hijos menores, para la adopción de las medidas cautelares que sean adecuadas a dichos procesos se seguirán los trámites establecidos para la adopción de medidas previas, simultáneas o definitivas en los procesos de nulidad, separación o divorcio
  • Las partes de común acuerdo podrán solicitar la suspensión del proceso
  • En los procesos matrimoniales en que existieran hijos comunes mayores de dieciséis años que se hallasen en situación de necesitar medidas de apoyo por razón de su discapacidad, se seguirán por los trámites establecidos para los procesos para la adopción judicial de medidas de apoyo a una persona con discapacidad.