Esquema para la implementación de medidas voluntarias de apoyo a menores o perso...s en el Código Civil
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Esquema para la implement...digo Civil

Última revisión
18/04/2024

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Esquema para la implementación de medidas voluntarias de apoyo a menores o personas con discapacidad reguladas en el Código Civil

Tiempo de lectura: 1 min

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Vademecum: Familia

Fecha última revisión: 18/04/2024

Resumen:

Establecer medidas de apoyo a menores o personas con discapacidad es un procedimiento regulado en los artículos 254 a 262 del Código Civil. Cuando se prevea razonablemente que un menor acabe precisando apoyo en el ejercicio de su capacidad jurídica, la autoridad judicial podrá acordar la procedencia de la adopción de la medida de apoyo que corresponda. Además, cualquier persona mayor de edad o menor emancipada puede prever o acordar en escritura pública medidas de apoyo relativas a su persona o bienes. El Notario autorizante comunicará de oficio el documento público al Registro Civil para su constancia en el registro individual del otorgante. Solo en defecto de estas medidas de naturaleza voluntaria, la autoridad judicial podrá adoptar otras supletorias o complementarias.