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Última revisión
14/06/2024
familia
Esquema que incide en las diferentes cargas según el artículo 1362 del Código Civil
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Vademecum: Familia
Fecha última revisión: 14/06/2024
Resumen:
El artículo 1362 del Código Civil establece que los gastos a cargo de la sociedad de gananciales son el sostenimiento de la familia, la alimentación y educación de los hijos comunes, la adquisición, tenencia y disfrute de los bienes comunes, la administración ordinaria de los bienes privativos de cada cónyuge y la explotación regular de los negocios o el desempeño de profesión, arte u oficio de cada cónyuge.
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